Expulsión de Balderas, apegada a estatutos

Sigue la novela en Morena en el caso de ángel Balderas Puga, y ahora la Secretaría de Comunicación, Prensa y Propaganda del Comité Ejecutivo Estatal Querétaro de Morena emitió un comunicado en el que explicó la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia en el caso de Ángel Balderas, quien declaró que se trataba de una cuestión de represión política.

En el boletín de prensa se señala que “Autoridades electorales determinaron sancionarlo debido a una denuncia de violencia política de género impuesta por Frida González de Loyola Pérez, quien fue candidata de Morena a diputada local por el distrito 1 local en Querétaro”

En el artículo 129 del reglamento de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena se impone la cancelación de la afiliación a Morena a aquella persona que ejerza violencia política y violencia política de género en cualquiera de sus variantes.

Por lo que, la sentencia que recibió Balderas Puga fue la inscripción de su nombre en el Registro Nacional de Agresores por Violencia Política de Género del INE, fue sancionado para evitar su participación en asuntos electorales y expulsado de Morena.

Por su parte, Erasmo García Flores y María del Carmen Gómez Ortega señalaron que las acciones jurídicas que se tomaron obedecen al estatuto ya que violó principios éticos del partido al realizar expresiones consideradas como conductas graves en materia de violencia política de género.

A su vez, Gómez Ortega declaró que no se trató de una acción conjunta, sino que fueron quejas diferentes que, al coincidir en el fondo, la CNHJ decidió acumularlas, pero cada una tiene su propio expediente y en cada una hubo un representante legal diferente. Jaime Hernández Ortiz, representante jurídico de Carmen y Erasmo, señaló que la única queja que prosperó fue la suya, debido a la contundencia de las pruebas.

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